La presidenta encargada Delcy Rodríguez generó polémica el 23 de abril, cuando de manera sorpresiva anunció el fin de la Ley de Amnistía. Durante la instalación de la comisión para la Gran Consulta sobre la Reforma de la Justicia Penal, en el Palacio de Miraflores, dio cierre al proceso de sobreseimiento de las causas judiciales abiertas contra disidentes políticos perseguidos durante el gobierno de Nicolás Maduro.
“Esta Ley de Amnistía llega a su fin. Para aquellos casos que no estaban contemplados o, mejor dicho, estaban excluidos expresamente en la Ley de Amnistía, hay otros espacios donde se pueden canalizar”, declaró.
Sus palabras alertaron a varias organizaciones defensoras de derechos humanos, que de inmediato se pronunciaron en redes sociales. Algunas, como Justicia, Encuentro y Perdón (JEP), lo consideraron como un “atropello al Estado de Derecho” que deja a cientos de víctimas en situación de vulnerabilidad. Agregó que favorecerá el regreso de antiguas prácticas de impunidad y violación del debido proceso por parte de los tribunales, los cuales ahora podrán desestimar abiertamente las solicitudes de libertad plena de los afectados.
“Esta medida no solo es discriminatoria, sino que anula el principio de progresividad de los derechos humanos y profundiza la brecha de impunidad. Lamentablemente, este desenlace confirma nuestra preocupación inicial: la ley terminó siendo un ejercicio de retórica política más que un instrumento genuino para devolver la libertad a los presos políticos”, expresó en un comunicado.
Aclaración

Ante la ola de indignación en redes sociales, el diputado Jorge Arreaza, presidente de la comisión especial parlamentaria para el seguimiento de la Amnistía, aclaró que no se trata realmente de una derogación de la ley. Por el contrario, aseguró que llega a fin pues ya no quedan, a su juicio, más personas que puedan ser beneficiadas bajo los términos que estipula en sus artículos.
“A ver: la Ley de Amnistía no pierde vigencia. Las solicitudes se seguirán recibiendo. La ley ha beneficiado a prácticamente todo el universo de personas que podía amparar. Por ello la presidenta abre mecanismos alternos para revisar casos por otras vías”, comentó.
Cabe destacar que la Ley de Amnistía solo ampara una serie de 13 hitos sobre hechos de violencia política cometidos entre 1999 y 2026, como las protestas de los años 2014 y 2019, la crisis presidencial de 2019, o la represión postelectoral de 2024. No obstante, una de las mayores críticas que se le hizo en su momento fue su carácter limitado, dejando por fuera a personas detenidas o perseguidas fuera del rango de estos hitos.
Por este motivo, cuando se aprobó el 19 de febrero de 2026, se incluyó en su artículo 15 un apartado que contemplaba la creación de una comisión especial de seguimiento para evaluar estos casos y recomendar ante los tribunales y organismos competentes su absolución.
“Las pocas solicitudes no realizadas aún serán recibidas en tribunales. Adicionalmente, la presidenta encargada ha abierto nuevas vías para abordar casos que no se pueden resolver por vía esta ley”, escribió en su cuenta de X, aunque sin detallar cuáles son estos nuevos mecanismos.
De acuerdo con Arreaza, para el 22 de abril, la comisión recibió 12.187 solicitudes válidas de amnistía, de las cuales 8.616 recibieron libertad plena. De ese número, 8.302 corresponden a personas ya excarceladas pero con medidas cautelares, mientras que apenas 314 fueron presos políticos.
Tiempo limitado

Aunque el artículo 15 de la Ley de Amnistía no estipula un tiempo limitado para sus actividades, el 24 de marzo de 2026, la Asamblea Nacional aprobó por unanimidad extender por 30 días el trabajo de la comisión especial de seguimiento de la Amnistía. Un plazo que justo venció el 23 de abril, por lo que se desconoce si fue a lo que realmente se refirió la presidenta encargada en sus declaraciones.
«Propongo una prórroga de 30 días para que esta comisión siga funcionando con plenitud de los deberes y derechos establecidos en la Constitución y en el Reglamento de Interior y Debate, para que continúe profundizando el proceso de convivencia democrática que ya hemos emprendido», declaró en su momento el presidente del Parlamento Jorge Rodríguez.
Al respecto, El Diario contactó al diputado Pablo Pérez, quien es miembro de la comisión de seguimiento. Declaró que la Ley de Amnistía sigue vigente, ya que solo puede ser derogada por la misma AN a través de la promulgación de otra ley. En este sentido, aseguró que todo su contenido sigue vigente, incluyendo la comisión de seguimiento.
No obstante, esto se contradice con las declaraciones de Delcy Rodríguez y Jorge Arreaza. El parlamentario del partido Un Nuevo Tiempo (UNT) no respondió sobre el vencimiento de la prórroga de 30 días que su propia bancada aprobó, ni cuáles serían entonces los mecanismos alternativos que se aplicarán a partir de ahora para optar por la amnistía.
Falta de claridad jurídica

Poco después de las declaraciones de Arreaza, el Grupo Parlamentario Libertad, bancada conformada por los partidos opositores Unión y Cambio (Unica) y UNT, expresó su preocupación por las implicaciones que pudiera tener la medida, reconociendo “falta de claridad jurídica sobre sus efectos concretos”.
“Una ley aprobada por la Asamblea Nacional no puede ser desnaturalizada ni limitada por vías distintas a las previstas en el ordenamiento jurídico, pues ignorar estos principios debilita el Estado de derecho y socava la confianza de los ciudadanos”, advirtió en un comunicado publicado en sus redes sociales.
La fracción parlamentaria instó al gobierno encargado a no cerrar unilateralmente el canal de mediación creado por la amnistía ni a convertirla en una decisión administrativa sin control político. También reiteró la importancia de respetar la Constitución y garantizar la vigencia del orden jurídico, manteniendo la aplicación efectiva, verificable y no discriminatoria de los beneficios.
“Mientras persistan las condiciones que dieron origen a la necesidad de una amnistía, es imprescindible asegurar vías claras, confiables y transparentes para resolver estos casos. Esto incluye garantías reales para quienes se encuentran privados de libertad, sometidos a procesos penales dentro o fuera del país, de manera que puedan ejercer sus derechos sin temor a represalias o arbitrariedades”, señaló.
Derogación de ley

Lo dicho por Delcy Rodríguez durante la reunión por la reforma judicial se interpretó en muchos sectores como una derogación de facto de la Ley de Amnistía. Por este motivo, principalmente en la noche del 23 de abril, muchas organizaciones y expertos en derecho recordaron que el Poder Ejecutivo no tiene la facultad para anular leyes vigentes.
Por ejemplo, el exfiscal en el exilio Zair Mundaray explicó en X que una ley solo puede derogarse cuando en su propio articulado fija un plazo máximo para su aplicación, cosa que no ocurre en la Ley de Amnistía. De hecho, el artículo ni siquiera establece un periodo de acción limitado para la comisión especial de seguimiento.
Igualmente, señaló que la otra forma de derogar una ley, y la más común, es que se apruebe una ley posterior que regule los mismos puntos, bajo el principio jurídico conocido como Lex posterior derogat priori. También se puede dejar sin efecto al ser declarada nula o inconstitucional por el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ); o por control jerárquico, cuando el Parlamento aprueba un texto de rango superior, como una ley orgánica. “En fin, hay otras opciones, pero ninguna autoriza al Ejecutivo (ilegítimo) a derogar o anular una ley vigente”, opinó Mundaray.
Por su parte, el vicepresidente de la ONG Foro Penal, Gonzalo Himiob, acotó que la orden de poner “fin” a la Ley de Amnistía viola el artículo 218 de la Constitución. Este justamente establece: “Las leyes se derogan por otras leyes y se abrogan por referendo, salvo las excepciones establecidas en esta Constitución. Podrán ser reformadas total o parcialmente. La ley que sea objeto de reforma parcial se publicará en un solo texto que incorpore las modificaciones aprobadas”.
Detenidos a la deriva

Para la ONG Provea, a pesar de ser imperfecta y de cuestionarse varios artículos al momento de su aprobación, la Ley de Amnistía era un primer paso necesario para hacer justicia y revertir el aparato represivo instaurado en el país, y que va desde los cuerpos de seguridad hasta tribunales. Por ese motivo, lamentó la medida, señalando que “no contribuye” al proceso de paz y convivencia democrática promovido por el gobierno encargado.
“Hemos afirmado que, pese a sus limitaciones, la Ley de Amnistía es un primer paso para desarmar el entramado represivo que ha atenazado los derechos de la población venezolana durante los años recientes. La Ley de Amnistía debe formar parte del proceso de reinstitucionalización que necesita el país”, indicó en su cuenta de X.
Aun así, Provea afirmó que la amnistía no es necesariamente la única forma en la que el gobierno puede liberar a todas las personas que permanecen detenidas por razones políticas en Venezuela. En su balance del 22 de abril de 2026, JEP reportó que 672 presos políticos siguen tras las rejas, de los cuales 200 serían militares para los que la amnistía directamente no aplica.
“Un día atacan a la Ley de Amnistía, al día siguiente la culpan por todos los males de la República. Pero después la extrañan y reclaman su vigencia. ¡Pónganse de acuerdo!”, comentó Jorge Arreaza al respecto en X.
Desamparo judicial

En su artículo 9, la ley especifica entre las excepciones de la amnistía a los casos de violaciones a los derechos humanos, crímenes de guerra y delitos de lesa humanidad, algo contemplado en las normas internacionales y la Constitución. Sin embargo, también incluye a personas procesadas por homicidio, lesiones graves, tráfico de drogas y corrupción, además de aquellos señalados de promover, financiar o participar en acciones armadas contra “el pueblo, la soberanía e integridad territorial” de la República.
Este apartado no solo ha sido usado por los principales voceros del gobierno para rechazar las solicitudes de amnistía a militares y civiles detenidos por presuntamente participar en conspiraciones e intentos de insurrección, sino también para negarla a figuras de oposición en el exilio como María Corina Machado, Leopoldo López o Julio Borges, así como a otros que están en Venezuela bajo medidas cautelares, como Perkins Rocha.
No obstante, otras personas que también se encuentran bajo medidas sustitutivas de libertad, como periodistas, activistas o dirigentes políticos, también han denunciado que sus solicitudes de amnistía han sido rechazadas por los tribunales. Uno de ellos fue Carlos Julio Rojas, quien el 20 de abril alertó sobre la “discrecionalidad” con la que jueces y fiscales proceden a revisar los casos y otorgar los beneficios.
“Esta decisión representa un retroceso en los esfuerzos de reconciliación nacional y envía un mensaje preocupante en un país donde aún hay venezolanos privados de libertad por razones políticas. Lejos de contribuir a la solución de estas situaciones, esta medida agrava la incertidumbre y profundiza las divisiones”, apunta la Bancada Libertad en su comunicado.
La entrada #TeExplicamos | Incertidumbre y contradicciones rodean el anuncio del fin de la Ley de Amnistía se publicó primero en El Diario Venezuela – elDiario.com.
