
El decreto del Gobierno español para regularizar a unos 500.000 inmigrantes ilegales –según cifras del Ejecutivo de Sánchez– ha sufrido cambios en algunas cuestiones. Una de las más espinosas es la de los antecedentes penales.
Por El Debate
En el texto inicial, es decir, antes de ser aprobado en Consejo de Ministros el pasado martes, incluía la posibilidad de presentar una declaración responsable en caso de que no se consiguiera el certificado de antecedentes penales. Tuvo que ser el Consejo de Estado, máximo órgano consultivo del Gobierno, el que señaló que no bastaba solo con una declaración responsable.
¿Qué hizo entonces el Gobierno? Descartar esta opción y pedir certificado de antecedentes penales aunque se siguen contemplando casos excepcionales.
Así, el decreto ya publicado señala que la persona solicitante deberá aportar certificado de antecedentes penales o documento equivalente expedido por las autoridades del país correspondiente –de origen y de los países en los que hubiese residido durante los últimos cinco años anteriores a la fecha de entrada en España–.
«Con carácter excepcional», si la persona interesada demuestra haber solicitado el certificado de antecedentes penales del país de origen o de aquellos donde hubiera residido durante los últimos cinco años anteriores a la fecha de entrada en España, y hubiera pasado un mes sin haberlo recibido, será el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes el que recabe, por vía diplomática, el certificado de antecedentes penales o documento equivalente.
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