
«Mi hija no tenía ninguna enfermedad terminal, tenía enfermedades mentales», así comienza el vídeo que ha publicado Yolanda Ramos, madre de Noelia Castillo, más de un mes después de que la joven de 25 años recibiese la eutanasia en un centro sanitario de Sant Pere de Ribes, el Sant Camil, donde permanecía, en la comarca del Garraf, en Barcelona, España. Una grabación, compartida ayer a través de una red social, en la que se dirige al líder de la oposición, el popular Alberto Nuñez Feijóo, para que haga «desaparecer» la ley de la muerte asistida.
Por ABC
En las imágenes, la progenitora relata que el diagnóstico de su hija era el de una enfermedad «no degenerativa»; trastorno límite de la personalidad, que «iría mejorando». También reprocha que Noelia, «que tenía toda la vida por delante», «no tuvo ningún tratamiento, ni en los psiquiátricos, ni en el sociosanitario», donde estaba ingresada. Explica así que fue hace tres años, cuando la joven tenía 22, cuando estuvo en el último centro de atención mental.
Yolanda, que, aunque no estaba de acuerdo con la decisión su hija, permaneció a su lado durante todo el proceso, ha reprochado que no entiende la eutanasia de «esta forma». «Nos han dicho que es para personas con enfermedades terminales, pero no es verdad, porque mi hija no tenía ninguna enfermedad terminal», ha reiterado. También ha apuntado que los dolores de Noelia no eran crónicos, como sí avalaron los médicos que la evaluaron, al constatar que sus padecimientos eran «graves, crónicos, constantes e imposibilitantes», además de no existir «posibilidad de mejora»; requisitos que prevé la ley para su concesión.
Video: @iolanrg / TikTok
Fue el padre de la joven quien, bajo el amparo de Abogados Cristianos, recurrió a los tribunales para tratar de frenar su muerte asistida. Tras sendos avales judiciales, casi dos años después, Noelia recibió la eutanasia, rodeada de toda su familia, el pasado 26 de marzo. Sólo unas horas antes, un juzgado de Barcelona rechazaba, de nuevo, frenarla, para someterla a tratamiento psiquiátrico, que fue lo que reclamó el progenitor. Entonces, en su auto, la magistrada de Instrucción 20 indicó que carecía «de potestad para adoptar las medidas que se solicitan, habiéndose dictado por los tribunales competentes las decisiones oportunas que, evidentemente, este órgano no puede modificar».
Así, precisó que al no ser la joven parte del procedimiento, en caso de paralizar su muerte asistida, afectaría a sus derechos fundamentales y «le podría producir una situación de indefensión». En cuanto a la capacidad de Noelia para tomar su decisión, recordó que dicha cuestión ya fue resuelta «tanto en vía administrativa como judicial, por cuya razón no cabe plantearse la necesidad del tratamiento psicológico y/o psiquiátrico». Es decir, que la joven sí cumplía el requisito de «capacidad para prestar un consentimiento válido», en base a los informes de psiquiatras y psicólogos que dictaminaron que «la patología que sufre no la condiciona para tomar decisiones».
Al respecto, en la grabación, Yolanda reprocha que «una persona con enfermedad mental no puede decidir por sí sola ¿Cómo han podido permitir esto?». Señala que al ser Noelia mayor de edad, pese a ser su madre, ella no podía decidir en su lugar, y tampoco acceder a su historial médico. «Me dijeron que quién era yo para pedir una analítica. Un comité de garantías es el que decide por ella, pero yo, la madre, no he podido decidir nunca por ella».
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