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Las restricciones detrás de la autorización de la Ofac que permite financiar la defensa de Maduro

Nicolás Maduro y su esposa Cilia Flores son escoltados mientras se dirigen al Palacio de Justicia de los Estados Unidos Daniel Patrick Moynihan en Manhattan para una primera comparecencia ante cargos federales estadounidenses que incluyen narcoterrorismo, conspiración, tráfico de drogas, blanqueo de dinero y otros, en el helipuerto del centro de Manhattan, en Nueva York, EE. UU., el 5 de enero de 2026. REUTERS/Adam Gray/Foto de archivo

 

La reciente autorización de la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) para permitir el financiamiento de la defensa legal de Nicolás Maduro y Cilia Flores en Estados Unidos ha generado múltiples interpretaciones. Sin embargo, la medida incluye condiciones estrictas que limitan el uso de los fondos.

Por lapatilla.com

De acuerdo con la carta enviada por la Fiscalía del Distrito Sur de Nueva York al juez Alvin Hellerstein, se emitieron licencias enmendadas que permiten al Estado venezolano pagar la defensa privada, pero bajo un marco claramente delimitado.

En primer lugar, la autorización solo aplica a fondos que el Gobierno de Venezuela haya tenido disponibles a partir del 5 de marzo de 2026. Es decir, no se pueden utilizar recursos anteriores a esa fecha.

Otro punto clave es que queda totalmente prohibido el uso de dinero proveniente de la venta de petróleo o diluyentes que se encuentren en cuentas del Tesoro de Estados Unidos. Estos activos continúan protegidos por las sanciones vigentes.

 

LEE TAMBIÉN Ofac permitirá que Nicolás Maduro y Cilia Flores utilicen fondos públicos venezolanos para pagar s

u defensa

Asimismo, las reservas de oro históricamente bloqueadas tampoco pueden ser utilizadas. Solo se permitiría el uso de ingresos generados recientemente, como nuevas actividades económicas o recursos fiscales, siempre que cumplan con las condiciones establecidas.

Con este esquema, las autoridades estadounidenses retiraron sus objeciones previas, lo que permite que Maduro y su esposa mantengan abogados privados en lugar de recurrir a defensores públicos.

Finalmente, se solicitó una audiencia de seguimiento en un plazo de 60 días, lo que indica que el proceso judicial continúa en desarrollo bajo supervisión del tribunal.

A continuación la carta oficial íntegra para su revisión:

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