
Las autoridades del Consejo Nacional Electoral (CNE) utilizaron por primera vez el término «elector activo» el pasado domingo 25 de mayo, día en que se realizaron los comicios regionales para elegir a los gobernadores, diputados a la Asamblea Nacional y representantes a los consejos legislativos; sin embargo, esta expresión generó dudas y curiosidad entre los ciudadanos por desconocer de qué se trata, ya que este no aparece en la ley electoral ni en ninguna otra regulación.
Por Tal Cual
Cuál es el contexto
El voto no es obligatorio en el país. Es un derecho y no una obligación. El artículo 63 de la Constitución establece: «El sufragio es un derecho. Se ejercerá mediante votaciones libres, universales, directas y secretas. La ley garantizará el principio de la personalización del sufragio y la representación proporcional».
Por tanto, la abstención durante distintos procesos electorales no está prohibida ni es sancionada. Tampoco está establecido que el Consejo Nacional Electoral tenga la potestad de sacar del registro permanente a quienes no participen en los distintos procesos electorales.
El voto es secreto. Los electores ejercen su derecho de forma individual y los miembros de mesa no permiten que el elector esté acompañado de otra persona en la máquina, excepto electores analfabetos, invidentes, con discapacidad o de edad avanzada.
El día de las elecciones regionales, el vicepresidente del Consejo Nacional Electoral (CNE), Carlos Quintero, introdujo un término que jamás se había utilizado y que aún se le busca su concepto claro: «Con una transmisión de las máquinas de votación, correspondiente al 93,01% de las mesas electorales y una participación de 42,63% de las electoras y los electores activos«, dijo el funcionario, al presentar los resultados de las elecciones.
Pero hasta la fecha, ningún representante del ente electoral ha explicado con exactitud qué es un elector activo y cómo inciden en los resultados emitidos.
¿Qué es un elector activo?
«Se considerará como elector activo aquel que ha participado en al menos un evento de los últimos tres: 2020, 2021 y 2024», explicó el diputado de El Cambio Aníbal Sánchez, quien ha informado sobre las distintas actividades organizadas por CNE para las elecciones regionales.
Agregó que este «nuevo criterio» retrae a la propuesta de actualizar los datos de los votantes en una jornada especial de Registro Electoral, «como se efectuó cuando se asumió el registro biométrico, algo que podría entrar en la revisión del estamento jurídico electoral en ruta a tener un nuevo Código Electoral», especificó Sánchez.
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