El gobierno de España prevé regularizar a unos 100 mil inmigrantes durante este año y pasar de los 250 mil que había a 31 de diciembre de 2024 legalizados por arraigo a 350 mil a finales de 2025.
En una reunión con entidades de migrantes, la secretaria de Estado de Migraciones, Pilar Cancela, explicó el 17 de junio que, con la reforma del reglamento de extranjería que entró en vigencia en mayo, se prevé que los inmigrantes regularizados el próximo año lleguen a 400 mil.
Cancela precisó que es un procedimiento individualizado «con garantía, seguridad jurídica«, y con él se cumple, además, el marco de la Unión Europea de no poder hacer regularizaciones masivas con carácter general.
«Creo que esta es la mejor herramienta que puede existir para que las personas puedan acceder a la ciudadanía plena, que es de lo que estamos hablando», indicó.
Con las novedades del reglamento se simplifican los trámites, se facilita el acceso al arraigo y se aumenta el número de figuras de arraigo (social, sociolaboral, socioformativo, de segunda oportunidad y familiar), «intentando facilitar al máximo» acreditar los requisitos, según Cancela.
No obstante, establece que el tiempo que un extranjero espera en España a que su solicitud de asilo sea resuelta, y trabajando regularmente, no computará para después pedir un permiso de residencia por arraigo si su petición es denegada finalmente.
La secretaria de Estado calificó de «éxito absoluto» las medidas extraordinarias para regularizar la situación administrativa de migrantes tras la gran DANA del 29 de octubre pasado en el este de España, que causó más de 230 muertos y millardos en pérdidas materiales.
De las 30 mil solicitudes recibidas, la gran mayoría de la provincia de Valencia, más del 95 % han sido resueltas positivamente y unas 4.000 quedan pendiente de resolución.
¿Cuáles son los requisitos para optar la regularización por arraigo?
Para acceder a la nacionalidad por arraigo, el migrante debe cumplir con ciertos requerimientos en los que se prioriza el tiempo de residencia en España y que la persona no tenga antecedentes penales.
En España existen distintos tipos de arraigo y cada uno conlleva una serie de requerimientos para solicitarlo y que sea aprobado de forma exitosa. Entre estas opciones se requiere como mínimo un año de residencia para que la solicitud sea considerada.

El arraigo social es uno de los más comunes y está dirigido a quienes tengan más de dos años de residencia legal y continua en España. El solicitante debe carecer de antecedentes penales y demostrar que cuenta con medios económicos para vivir en el país. Además, esta persona no puede haber abandonado el territorio español por periodos largos.
Otra opción es el arraigo laboral, que consiste en que las personas que tengan al menos dos años viviendo y trabajando de forma continua en España pueden solicitar su regularización. El solicitante debe tener uno o varios empleos que comprendan al menos 20 horas semanales de trabajo, garantizando el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) o salario según convenio proporcional a la jornada trabajada.
Luego está el arraigo socioformativo, que es una modalidad que permite a las personas que reciben estudios o formación profesional en España puedan optar por la nacionalidad en ese país. En estos casos también es fundamental que el solicitante no tenga antecedentes penales.
El arraigo por matrimonio con un ciudadano español es una forma de optar por la nacionalidad y con ella es necesario tener al menos un año viviendo en España.
También estima el arraigo familiar que no tiene un tiempo determinado de residencia en el territorio, pero si se debe demostrar parentesco con un ciudadano español, así como la convivencia o dependencia económica con esa persona.
Al momento de solicitar el arraigo, los migrantes deben presentar una serie de documentos:
– Formulario de solicitud de nacionalidad.
– Pasaporte o documento de viaje vigente.
– Certificado de nacimiento.
– Certificado de antecedentes penales.
– Pruebas de residencia y arraigo, según el tipo de arraigo.
– Certificado de integración social (si aplica).
– Documentos que acrediten el vínculo familiar (si aplica).
El tiempo estimado de residencia podría variar de acuerdo con la nacionalidad de origen del migrante. Los ciudadanos de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o personas de origen sefardí necesitan un mínimo de dos años residiendo en el país.
Si el solicitante tiene estatus de refugiado, el periodo se extiende hasta cinco años de residencia legal y continua. Si se trata de otra nacionalidad el plazo puede subir hasta los 10 años.
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