
Ante el incremento de accidentes viales, la alcaldía del municipio Juan Germán Roscio Nieves, en el estado Guárico, oficializó la reforma parcial de la ordenanza que regula el uso de motocicletas.
Por lapatilla.com
La normativa, publicada en la Gaceta Municipal N-9624, establece nuevas pautas de seguridad, horarios especiales y una serie de sanciones.
El artículo 3 de la reforma enfatiza el uso obligatorio del casco. El conductor deberá portar un casco integral, mientras que el acompañante podrá usar uno semi-integral, siempre que esté debidamente ajustado.
Respecto a las «moto piruetas», el texto legal se alinea con el decreto presidencial reconociéndolas como disciplina deportiva.
Sin embargo, el artículo 44 aclara que su práctica queda estrictamente prohibida en espacios públicos y solo podrá realizarse en recintos cerrados que cuenten con las medidas de seguridad adecuadas.

Infracciones y multas
La ordenanza clasifica las multas según su severidad, calculadas a la tasa de mayor valor del Banco Central de Venezuela (BCV):
Leves (5 UCD): Documentos vencidos, uso excesivo de bocina o resonadores.
Graves (20 UCD): No usar casco, exceso de pasajeros (más de dos), trasladar menores de 10 años fuera del horario escolar, uso de luces no reglamentarias y circular en horario restringido.
Muy Graves (50 UCD): Conducir bajo efectos del alcohol o sustancias psicotrópicas, participar en carreras clandestinas («piques»), realizar acrobacias en la vía pública y conducir en sentido contrario.

Excepción por horario escolar
Un punto clave de la reforma es el artículo 40, que otorga flexibilidad para el traslado de niños menores de 10 años, siempre que porten su uniforme escolar y sea dentro de los siguientes bloques horarios:
Mañana: 6:30 am – 8:00 am
Mediodía: 11:30 am- 1:00 pm
Tarde: 4:30 pm – 6:00 pm

